La garantía solo podía operar contra los cambios que hubieran de efectuarse por la violencia. Para la prevención de calamidades de esta clase, no se pueden proporcionar demasiados frenos. La paz de la sociedad y la estabilidad del gobierno dependen absolutamente de la eficacia de las precauciones adoptadas a este respecto.
Donde todo el poder del gobierno está en manos del pueblo, hay menos pretexto para el uso de remedios violentos ante desórdenes parciales u ocasionales del Estado. La cura natural para una mala administración, en una constitución popular o representativa, es un cambio de hombres. Una garantía por parte de la autoridad nacional iría dirigida tanto contra las usurpaciones de los gobernantes como contra las conmociones y los atropellos de las facciones y la sedición en la comunidad.
El principio de regular las contribuciones de los Estados al tesoro común por CUOTAS es otro error fundamental de la Confederación. Su incompatibilidad con una provisión adecuada para las urgencias nacionales ya ha sido señalada, y ha quedado suficientemente demostrada por la prueba