proporción de Pensilvania, de aplicarse al Estado de Delaware, reduciría la asamblea de representantes de este último a siete u ocho miembros.
Nada puede ser más falaz que basar nuestros cálculos políticos en principios aritméticos. Se puede confiar más adecuadamente en sesenta o setenta hombres con un grado dado de poder que en seis o siete. Pero no se sigue de ello que seiscientos o setecientos fuesen proporcionalmente un mejor depositario. Y si llevamos la suposición a seis o siete mil, todo el razonamiento debería invertirse.
La verdad es que en todos los casos un número determinado al menos parece ser necesario para asegurar los beneficios de la consulta y la discusión libres, y para precaverse contra una combinación demasiado fácil con fines indebidos; así como, por otra parte, el número debe mantenerse a lo sumo dentro de cierto límite, con el fin de evitar la confusión y la intemperancia de una multitud. En todas las asambleas muy numerosas, de cualquier carácter que se compongan, la pasión nunca deja de arrebatarle el cetro a la razón. Si cada ciudadano ateniense hubiera sido un Sócrates, cada asamblea ateniense no habría dejado de ser una turba.
Es necesario también recordar aquí las observaciones que se aplicaron al caso de las elecciones bienales.
Por la misma razón que los poderes limitados del Congreso, y el control de las legislaturas estatales, justifican elecciones menos frecuentes de lo que la seguridad pública de otro modo podría requerir, los miembros del Congreso necesitan ser menos numerosos que si poseyeran todo el poder legislativo y no estuvieran bajo más restricciones que las ordinarias de otros cuerpos legislativos.
Con estas ideas generales en mente, sopesemos las objeciones que se han formulado contra el número de miembros propuesto para la Cámara de Representantes. Se dice, en primer lugar, que a un número tan pequeño no se le puede confiar con seguridad tanto poder.