De la edición de McLEAN, Nueva York. Miércoles, 28 de mayo de 1788
HAMILTON
Al Pueblo del Estado de Nueva York:
PROCEDEMOS ahora a un examen del departamento judicial del gobierno propuesto.
Al exponer los defectos de la Confederación existente, se han señalado claramente la utilidad y la necesidad de una judicatura federal. Es tanto menos necesario recapitular las consideraciones allí aducidas cuanto que la conveniencia de la institución en abstracto no se discute; las únicas cuestiones que se han planteado se refieren al modo de constituirla y a su alcance. A estos puntos, por lo tanto, se limitarán nuestras observaciones.
El modo de constituirlo parece abarcar estos diversos objetos:
- 1st. El modo de nombrar a los jueces.
- 2d. El tiempo durante el cual han de desempeñar sus cargos.
- 3d. La distribución de la autoridad judicial entre los diferentes tribunales y las relaciones de estos entre sí.
First. As to the mode of appointing the judges; this is the same with that of appointing the officers of the Union in general, and has been so fully discussed in the two last numbers, that nothing can be said here which would not be useless repetition.