La verdad es que los grandes principios de la Constitución propuesta por la convención pueden considerarse menos como absolutamente nuevos, que como la expansión de principios que se encuentran en los artículos de la Confederación. La desgracia bajo este último sistema ha sido que dichos principios son tan débiles y limitados como para justificar todos los cargos de ineficacia que se le han atribuido, y para requerir un grado de ampliación que le da al nuevo sistema el aspecto de una transformación completa del viejo.
En un punto particular se admite que la convención se ha apartado de los términos de su mandato. En lugar de proponer un plan que requiera la confirmación DE LAS LEGISLATURAS DE TODOS LOS ESTADOS, han propuesto un plan que debe ser confirmado por el PUEBLO, y que puede llevarse a cabo por NUEVE ESTADOS ÚNICAMENTE.
Es digno de notar que esta objeción, aunque la más plausible, ha sido la menos esgrimida