equitativo que los aranceles a la importación vayan a un fondo común, antes que redundar en beneficio exclusivo de los Estados importadores.
Pero no es tan generalmente verdad como para hacer equitativo que esos aranceles constituyan el único fondo nacional. Cuando son pagados por el comerciante, actúan como un impuesto adicional sobre el Estado importador, cuyos ciudadanos pagan su proporción de ellos en su calidad de consumidores. Desde este punto de vista, generan una desigualdad entre los Estados, la cual aumentaría a medida que se ampliara el alcance de los aranceles.
El confinamiento de las rentas nacionales a esta clase de impuestos traería consigo la desigualdad, por una causa distinta, entre los Estadosmanufactureros y los no manufactureros. Los Estados que puedan avanzar más en el abastecimiento de sus propias necesidades mediante sus propias manufacturas no consumirán, en proporción a su población o riqueza, una porción tan grande de artículos importados como aquellos Estados que no se encuentran en la misma situación favorable.
No contribuirían, por lo tanto, de este solo modo al erario público en proporción a sus capacidades. Para lograr que lo hagan, es necesario recurrir a los impuestos indirectos (excises), cuyos objetos propios son clases particulares de manufacturas.
Nueva York está más profundamente interesada en estas consideraciones de lo que acaso sospechen aquellos de sus ciudadanos que abogan por limitar el poder de la Unión a los impuestos externos. Nueva York es un Estado importador y no es probable que llegue a ser, en gran medida ni con rapidez, un Estado manufacturero. Como es natural, sufriría por partida doble si se restringe la jurisdicción de la Unión a los gravámenes comerciales.