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nydus/The Federalist PapersPublic
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FEDERALISTA N.º 61. Continúa el mismo tema (Relativo al poder del Congreso para regular la elección de los miembros)

en los únicos electores de los miembros tanto del Senado como de la Asamblea de dicho condado y distrito? ¿Podemos imaginar que los electores que residen en las subdivisiones remotas de los condados de Albany, Saratoga, Cambridge, etc., o en cualquier parte del condado de Montgomery, se tomarían la molestia de venir a la ciudad de Albany para emitir sus votos para los miembros de la Asamblea o del Senado, antes de que se trasladaran a la ciudad de Nueva York para participar en la elección de los miembros de la Cámara de Representantes federal?

La indiferencia alarmante que se advierte en el ejercicio de un privilegio tan invaluable bajo las leyes existentes, que ofrecen todas las facilidades para ello, proporciona una respuesta inmediata a esta pregunta. Y, prescindiendo de cualquier experiencia sobre el tema, no podemos tener duda alguna en determinar que, cuando el lugar de elección se encuentra a una DISTANCIA INCONVENIENTE del elector, el efecto sobre su conducta será el mismo ya sea que esa distancia sea de veinte millas o de veinte mil millas.

Por tanto, debe aparecer que las objeciones a la modificación particular del poder federal de regular las elecciones se aplicarán, en esencia, con igual fuerza a la modificación del poder semejante en la constitución de este Estado; y por esta razón será imposible absolver a la una y condenar a la otra. Una comparación similar conduciría a la misma conclusión con respecto a las constituciones de la mayor parte de los otros Estados.

Si se dijera que los defectos en las constituciones estatales no proporcionan disculpa alguna para los que se encuentran en el plan propuesto, respondo que, como nunca se ha considerado que las primeras pecaren de falta de atención hacia la seguridad de la libertad, cuando pueda demostrarse que las imputaciones lanzadas contra el segundo también les son aplicables a aquellas, la presunción es que se trata más bien de sutilezas cavilosas de una oposición predeterminada, que de deducciones bien fundadas de una búsqueda sincera de la verdad.

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