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nydus/The Federalist PapersPublic
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FEDERALIST No. 52. The House of Representatives

  • La única dependencia de los representantes respecto del pueblo consistía en el derecho de este último de suplir las vacantes ocasionales mediante la elección de nuevos miembros, y en la probabilidad de algún acontecimiento que pudiera producir unas nuevas elecciones generales.
  • Asimismo, la capacidad del Parlamento irlandés para defender los derechos de sus electores, en la medida en que pudiera existir tal disposición, se encontraba sumamente encorsetada por el control de la Corona sobre los asuntos objeto de sus deliberaciones.

Últimamente estas cadenas, si no me equivoco, han sido rotas; y además se han establecido parlamentos octenales. Qué efecto pueda producir esta reforma parcial, debe dejarse a la experiencia futura.

El ejemplo de Irlanda, desde este punto de vista, puede arrojar muy poca luz sobre el asunto. En la medida en que podamos extraer alguna conclusión de él, debe ser que, si el pueblo de ese país ha sido capaz, bajo todas estas desventajas, de conservar alguna libertad por pequeña que sea, la ventaja de las elecciones bienales les aseguraría cualquier grado de libertad que pudiera depender de una debida conexión entre sus representantes y ellos mismos.

Acercaremos nuestras indagaciones a nuestro propio entorno. El ejemplo de estos Estados, cuando eran colonias británicas, merece especial atención, al tiempo que es tan conocido que requiere poca explicación.

El principio de representación, al menos en una de las ramas de la legislatura, se estableció en todas ellas. Pero los períodos de elección eran diferentes. Variaban de uno a siete años. ¿Tenemos alguna razón para inferir, por el espíritu y la conducta de los representantes del pueblo antes de la Revolución, que unas elecciones bienales habrían sido peligrosas para las libertades públicas?

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