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nydus/The Federalist PapersPublic
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FEDERALISTAS No. 69. El verdadero carácter del Ejecutivo

La verdad es, por el contrario, que su prerrogativa, a este respecto, es inmemorial, y solo fue disputada, «contrariamente a toda razón y precedente», como lo expresa Blackstone, vol. i., pág. 262, por el Parlamento Largo de Carlos I; pero por el estatuto del 13 de Carlos II, cap. 6, se declaró que pertenecía al rey exclusivamente, pues el único gobierno supremo y mando de las milicias dentro de los reinos y dominios de su Majestad, y de todas las fuerzas por mar y tierra, y de todos los fuertes y lugares fortificados, SIEMPRE FUE Y ES un derecho indiscutible de su Majestad y de sus reales predecesores, reyes y reinas de Inglaterra, y ni una ni otra cámara del Parlamento pueden ni deben pretender lo mismo.

  1. Véanse los Comentarios de Blackstone, vol. I, pág. 257.
  1. La franqueza, sin embargo, exige reconocer que no considero bien fundada la pretensión del gobernador a un derecho de nominación. Con todo, siempre es justificable razonar a partir de la práctica de un gobierno, hasta que su idoneidad haya sido cuestionada constitucionalmente. E independientemente de esta pretensión, cuando tenemos en cuenta las otras consideraciones y las seguimos a través de todas sus consecuencias, nos inclinaremos a sacar más o menos la misma conclusión.

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