From The Independent Journal. Saturday, January 5, 1788.
HAMILTON
Al Pueblo del Estado de Nueva York:
ME HALAGO pensando que en mi número anterior ha quedado claramente demostrado que los Estados particulares, bajo la Constitución propuesta, tendrían autoridad COIGUAL con la Unión en el artículo de las contribuciones, excepto en lo tocante a los aranceles de importación.
Como esto deja abierto a los Estados la mayor parte de los recursos de la comunidad, no puede haber pretexto para la afirmación de que no poseerían medios tan abundantes como pudiera desearse para el abastecimiento de sus propias necesidades, independientes de todo control externo.
Que el campo es suficientemente amplio se verá con más plena evidencia cuando lleguemos a advertir la insignificante proporción de los gastos públicos para la cual le tocará proveer a los gobiernos estatales.
Argumentar sobre principios abstractos que esta autoridad coordinada no puede existir, es oponer suposiciones y teoría a los hechos y a la