From The Independent Journal. Wednesday, March 19, 1788.
HAMILTON
Al Pueblo del Estado de Nueva York:
La administración del gobierno, en su sentido más amplio, comprende todas las operaciones del cuerpo político, ya sean legislativas, ejecutivas o judiciales; pero en su acepción más usual, y tal vez la más precisa, se limita a los detalles ejecutivos y cae peculiarmente dentro de la competencia del departamento ejecutivo.
La conducta efectiva de las negociaciones extranjeras, los planes preparatorios de hacienda, la aplicación y desembolso de los caudales públicos de conformidad con las asignaciones generales de la legislatura, la disposición del ejército y de la marina, la dirección de las operaciones de guerra —éstos y otros asuntos de naturaleza semejante— constituyen lo que parece entenderse más propiamente por la administración del gobierno.
Las personas, por lo tanto, a cuya gestión inmediata se confían estos diferentes asuntos, deben ser consideradas como los ayudantes o