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nydus/The Federalist PapersPublic
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FEDERALISTAS No. 44. Restricciones a la autoridad de los diversos Estados

Pocas partes de la Constitución han sido atacadas con mayor intemperancia que esta; sin embargo, tras un examen imparcial de ella, ninguna puede parecer más completamente invulnerable.

Sin la SUSTANCIA de este poder, toda la Constitución sería letra muerta.

Aquellos que se oponen al artículo, por lo tanto, como parte de la Constitución, solo pueden querer decir que la FORMA de la disposición es inadecuada. Pero ¿han considerado si se podría haber sustituido por una forma mejor?

Hay otros cuatro métodos posibles que la Constitución podría haber adoptado sobre este asunto. Podrían haber copiado el segundo artículo de la Confederación existente, lo que habría prohibido el ejercicio de cualquier poder no EXPRESAMENTE delegado; podrían haber intentado una enumeración positiva de los poderes comprendidos bajo los términos generales «necesarios y convenientes»; podrían haber intentado una enumeración negativa de ellos, especificando los poderes exceptuados de la definición general; podrían haber guardado absoluto silencio sobre el asunto, dejando estos poderes necesarios y convenientes a la interpretación y a la deducción.

Si la convención hubiera adoptado el primer método de aprobar el segundo artículo de la Confederación, es evidente que el nuevo Congreso se vería continuamente expuesto, como lo han estado sus predecesores, a la alternativa de interpretar el término «EXPRESAMENTE» con tanta rigurosidad que desarmaría al gobierno de toda autoridad real, o con tanta amplitud que destruiría por completo la fuerza de la restricción.

Sería fácil demostrar, si fuera necesario, que ningún poder importante, delegado por los artículos de la Confederación, ha sido o puede ser ejecutado por el Congreso, sin recurrir en mayor o menor medida a la doctrina de la CONSTRUCCIÓN o la IMPLICACIÓN.

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