- Entre las disposiciones destinadas a dar eficacia a los poderes federales podrían añadirse aquellas que corresponden a los departamentos ejecutivo y judicial; pero como estos se reservan para un examen particular en otro lugar, los paso por alto en este.
Hemos examinado ya, en detalle, todos los artículos que componen la suma o cantidad de poder delegada por la Constitución propuesta al gobierno federal, y hemos llegado a esta conclusión innegable: que ninguna parte de dicho poder es innecesaria o impropia para lograr los objetivos necesarios de la Unión.
La cuestión, por lo tanto, de si debe concederse o no esta cantidad de poder, se reduce a otra: si se debe o no establecer un gobierno proporcionado a las exigencias de la Unión; o, en otras palabras, si la Unión misma debe ser preservada.
PUBLIUS Anclaje H2