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nydus/The Federalist PapersPublic
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FEDERALIST No. 26. The Idea of Restraining the Legislative Authority in Regard to the Common Defense Considered.

Pensilvania y Carolina del Norte son los únicos dos Estados que la han patrocinado en algún grado; y que todos los demás se han negado a brindarle la menor aprobación; juzgando con prudencia que la confianza debe depositarse en alguna parte; que la necesidad de hacerlo está implícita en el acto mismo de delegar el poder; y que es preferible arriesgarse al abuso de esa confianza antes que entorpecer al gobierno y poner en peligro la seguridad pública mediante restricciones imprudentes a la autoridad legislativa.

Los opositores a la propuesta de Constitución combaten, a este respecto, la decisión general de América; y en lugar de ser enseñados por la experiencia sobre la conveniencia de corregir cualquier exceso en el que hayamos incurrido hasta ahora, parecen dispuestos a conducirnos a otros todavía más peligrosos y más extravagantes. Como si se hubiera encontrado que el tono del gobierno es demasiado alto o demasiado rígido, las doctrinas que enseñan están calculadas para inducirnos a deprimirlo o a relajarlo mediante expedientes que, en otras ocasiones, han sido condenados o evitados.

Puede afirmarse, sin que se nos acuse de invectiva, que si los principios que inculcan, sobre varios puntos, llegaran a prevalecer hasta convertirse en el credo popular, incapacitarían por completo al pueblo de este país para cualquier forma de gobierno. Pero no hay que temer un peligro de esta índole. Los ciudadanos de América tienen demasiado discernimiento para dejarse convencer de la anarquía mediante argumentos. Y mucho me equivoco si la experiencia no ha forjado en la mente pública una convicción profunda y solemne de que una mayor energía en el gobierno es esencial para el bienestar y la prosperidad de la comunidad.

No estará de más en este lugar consignar brevemente el origen y el progreso de la idea que propugna la exclusión de los establecimientos militares en tiempo de paz.

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