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nydus/The Federalist PapersPublic
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FEDERALISTO Nº 81. El poder judicial continúa y la distribución de la autoridad judicial.

casos que se le remitan, estando ambas sujetas a las excepciones y regulaciones que se consideren convenientes; que esta jurisdicción de apelación no anula en ningún caso el juicio por jurados; y que un grado ordinario de prudencia e integridad en los consejos nacionales nos asegurará ventajas sólidas a partir del establecimiento del poder judicial propuesto, sin exponernos a ninguno de los inconvenientes que se han predicho desde esa fuente.

PUBLIO

  1. Artículo 3, Sec. 1.
  1. Este poder ha sido absurdamente presentado como destinado a abolir todos los tribunales de condado en los diversos Estados, que comúnmente se llaman tribunales inferiores. Pero las expresiones de la Constitución son constituir «tribunales INFERIORES AL TRIBUNAL SUPREMO»; y el propósito evidente de la disposición es permitir la institución de tribunales locales, subordinados al Supremo, ya sea en los Estados o en distritos más amplios. Es ridículo imaginar que se estuviera pensando en los tribunales de condado.
  1. This word is composed of JUS and DICTIO, juris dictio or a speaking and pronouncing of the law.
  1. Sostengo que los Estados tendrán jurisdicción concurrente con los tribunales federales subordinados en muchos casos de competencia federal, como se explicará en mi próximo ensayo.

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