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nydus/The Federalist PapersPublic
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FEDERALIST No. 37. Acerca de las dificultades de la Convención para idear una forma adecuada de gobierno.

Y esta inexactitud inevitable debe ser mayor o menor, según la complejidad y la novedad de los objetos definidos.

Cuando el Todopoderoso mismo se digna dirigirse a la humanidad en su propio idioma, su significado, por muy luminoso que deba ser, se vuelve oscuro y dudoso debido al medio nublado a través del cual se comunica.

He aquí, pues, tres fuentes de definiciones vagas e incorrectas:

  • indistinción del objeto,
  • imperfección del órgano de concepción,
  • inadecuación del vehículo de las ideas.

Cualquiera de estos debe producir un cierto grado de oscuridad. La convención, al trazar la línea divisoria entre las jurisdicciones federal y estatales, debió de experimentar el pleno efecto de todas ellas.

A las dificultades ya mencionadas pueden agregarse las pretensiones encontradas de los Estados mayores y menores.

  • No podemos equivocarnos al suponer que los primeros contenderían por una participación en el gobierno, plenamente proporcional a su superior riqueza e importancia; y que los segundos no serían menos tercos en defender la igualdad que disfrutan actualmente.
  • Bien podemos suponer que ninguna de las partes cedería por completo a la otra y que, por consiguiente, la pugna solo podría terminar mediante un compromiso.

Es también extremadamente probable que, una vez ajustada la proporción de la representación, este mismo compromiso debió de haber producido una nueva lucha entre los mismos partidos, para dar a la organización del gobierno y a la distribución de sus poderes un giro tal que aumentara la importancia de aquellas ramas en cuya formación habían obtenido respectivamente la mayor cuota de influencia.

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