CodalSearch this book — or all of Codal…⌘K
nydus/The Federalist PapersPublic
Página 786 de 790
Table of Contents

FEDERALISTA No. 85. Observaciones finales

Pero hay todavía otra consideración, que demuestra fuera de toda posibilidad de duda que la observación es fútil. Es la siguiente: que los gobernantes nacionales, siempre que concurran nueve Estados, no tendrán opción al respecto. Por el quinto artículo del plan, el Congreso estará obligado «a petición de las legislaturas de dos terceras partes de los Estados (que en la actualidad suman nueve), a convocar una convención para proponer enmiendas, las cuales serán válidas, a todos los efectos, como parte de la Constitución, cuando sean ratificadas por las legislaturas de las tres cuartas partes de los Estados, o por convenciones en las tres cuartas partes de estos».

Las palabras de este artículo son imperativas. El Congreso «convocará una convención». En este aspecto no se deja nada a la discreción de dicho órgano. Y, en consecuencia, toda la perorata sobre la aversión a un cambio se desvanece en el aire.

Ni por difícil que pueda suponerse unir a dos terceras partes o a tres cuartas partes de las legislaturas

786