CodalSearch this book — or all of Codal…⌘K
nydus/The Federalist PapersPublic
EspañolEnglish
Página 213 de 790
Table of Contents

FEDERALISTAS Nº 24. Los poderes necesarios para la defensa común, considerados adicionalmente

Para el Independent Journal. Miércoles 19 de diciembre de 1787

HAMILTON

Al Pueblo del Estado de Nueva York:

A los poderes que se propone conferir al gobierno federal, respecto a la creación y dirección de las fuerzas nacionales, solo se me ha presentado una objeción específica que, si la entiendo bien, es esta: que no se ha tomado la providencia adecuada en contra de la existencia de ejércitos permanentes en tiempo de paz; una objeción que, ahora me esforzaré por demostrar, descansa sobre bases débiles e inconsistentes.

En realidad, se ha presentado de la forma más vaga y general, respaldado únicamente por afirmaciones audaces, sin la apariencia de argumentos; sin siquiera el aval de opiniones teóricas; en contradicción con la práctica de otras naciones libres y con el sentimiento general de América, tal como se expresa en la mayoría de las constituciones existentes.

La justeza de esta observación se hará patente en el momento en que se recuerde que la objeción en cuestión se basa en una supuesta necesidad de restringir la autoridad LEGISLATIVA de la nación en el rubro de los

213