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nydus/The Federalist PapersPublic
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FEDERALIST No. 37. Acerca de las dificultades de la Convención para idear una forma adecuada de gobierno.

Lo más que la convención pudo hacer en semejante situación, fue evitar los errores sugeridos por la experiencia pasada de otros países, así como de los nuestros; y proveer un modo conveniente de rectificar sus propios errores, a medida que la experiencia futura los fuera revelando.

Entre las dificultades con que tropezó la convención, una muy importante debió de residir en combinar la estabilidad y la energía requeridas en el gobierno, con la atención inviolable debida a la libertad y a la forma republicana.

Sin haber cumplido sustancialmente con esta parte de su cometido, habrían satisfecho de manera muy imperfecta el objeto de su nombramiento o la expectativa del público; sin embargo, que esto no podía cumplirse fácilmente, no lo negará nadie que no esté dispuesto a traicionar su ignorancia sobre el tema.

La energía en el gobierno es esencial para esa seguridad contra el peligro externo e interno, y para esa pronta y salubre ejecución de las leyes que entran en la definición misma de un buen gobierno.

La estabilidad en el gobierno es esencial para el carácter nacional y para las ventajas anejas a él, así como para ese reposo y confianza en las mentes del pueblo, que se cuentan entre las principales bendiciones de la sociedad civil.

Una legislación irregular y mudable no es más un mal en sí misma que odiosa para el pueblo; y puede afirmarse con seguridad que el pueblo de este país, ilustrado como está con respecto a la naturaleza, e interesado, como lo está la gran masa de ellos, en los efectos del buen gobierno, nunca estará satisfecho hasta que se aplique algún remedio a las vicisitudes e incertidumbres que caracterizan a las administraciones estatales.

Al comparar, sin embargo, estos valiosos ingredientes con los principios vitales de la libertad, debemos percibir al instante la dificultad de

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