número de aprendices que se le permite tener a cualquier maestro, y casi siempre el número de años que cada aprendiz está obligado a servir. * La intención de ambas regulaciones es restringir la competencia a un número mucho menor del que de otro modo estaría dispuesto a ingresar en el oficio. * La limitación del número de aprendices la restringe directamente. * Un largo periodo de aprendizaje la restringe de forma más indirecta, pero con la misma eficacia, al incrementar el costo
En Sheffield, ningún maestro cuchillero puede tener más de un aprendiz a la vez, según un estatuto de la corporación.
En Norfolk y Norwich, ningún maestro tejedor puede tener más de dos aprendices, bajo pena de perder cinco libras al mes en favor del rey.
Ningún maestro sombrerero puede tener más de dos aprendices en ninguna parte de Inglaterra, ni en las plantaciones inglesas, bajo pena de perder cinco libras al mes, la mitad para el rey y la otra mitad para quien demande en cualquier tribunal de registro.
Ambas regulaciones, aunque han sido confirmadas por una ley pública del reino, están evidentemente dictadas por el mismo espíritu corporativo que promulgó el estatuto de Sheffield.
Los tejedores de seda en Londres apenas llevaban un año incorporados cuando promulgaron un estatuto que prohibía a cualquier maestro tener más de dos aprendices a la vez. Fue necesaria una ley del Parlamento particular para rescindir este estatuto.
Siete años parecen haber sido antiguamente, en toda Europa, el plazo habitual establecido para la duración de los aprendizajes en la mayor parte de los gremios incorporados.