persona— en aras del beneficio, los alimentos, el vestido y el alojamiento que pueden adquirirse con ella se reservan necesariamente para el segundo. El consumo es el mismo, pero los consumidores son diferentes.
Mediante lo que un hombre ahorra anualmente, no solo proporciona sustento a un número adicional de manos productivas, para ese o el año siguiente, sino que, como el fundador de una casa de beneficencia pública, establece por así decirlo un fondo perpetuo para el mantenimiento de un número igual en todos los tiempos futuros.
La asignación y el destino perpetuos de este fondo, en verdad, no siempre están protegidos por ninguna ley positiva, por ningún derecho fiduciario o escritura de manos muertas. Sin embargo, está siempre protegido por un principio muy poderoso: el interés claro y evidente de cada individuo a quien alguna vez pertenezca alguna parte del mismo.
Ninguna parte del mismo puede ser empleada jamás en adelante para mantener a nadie que no sean manos productivas, sin una pérdida evidente para la persona que de este modo lo desvía de su destino propio.