derecho que presentándose en masa para votar y deliberar con el pueblo de ese otro Estado. La admisión de la mayor parte de los habitantes de Italia a los privilegios de los ciudadanos romanos arruinó por completo a la república romana. Ya no era posible distinguir quién era o no ciudadano romano. Ninguna tribu podía conocer a sus propios miembros. Una chusma de cualquier calaña podía introducirse en las asambleas del pueblo, expulsar a los verdaderos ciudadanos y decidir sobre los asuntos de la república como si ellos mismos lo fuesen. Pero, aunque América enviara cincuenta o sesenta nuevos representantes al Parlamento, el portero de la Cámara de los Comunes no encontraría gran dificultad en distinguir quién es miembro y quién no. Por consiguiente, aunque la constitución romana quedó necesariamente arruinada por la unión de Roma con los Estados aliados de Italia, no hay la menor probabilidad de que la constitución británica resulte perjudicada por la unión de Gran Bretaña con sus colonias. Esa constitución, por el contrario, se completaría con ella y parece imperfecta sin ella. La asamblea que delibera y decide sobre los asuntos de cada parte del imperio, para estar debidamente informada, debería ciertamente tener representantes de cada una de sus partes. Que esta unión pudiera efectuarse fácilmente, o que no surgieran dificultades —y grandes dificultades— en su ejecución, no pretendo afirmarlo. Sin embargo, hasta ahora no he oído ninguna que parezca insuperable. Las principales quizás surjan, no de la naturaleza de las cosas, sino de los prejuicios y opiniones de los pueblos tanto a este como al otro lado del Atlántico.
Nosotros, a este lado del agua, tememos que la multitud de representantes americanos pueda trastornar el equilibrio de la constitución, y aumentar demasiado, ya la influencia de la corona por una parte, o la fuerza de la democracia por la