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nydus/The Wealth of NationsPublic
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II. De las restricciones a la importación de aquellos productos extranjeros que se pueden producir en el país

tiene asegurado no solo adquirir la reputación de entender de comercio, sino también una gran popularidad e influencia ante una clase de hombres cuyo número y riqueza los hacen de gran importancia. Si, por el contrario, se opone a ellos, y más aún si cuenta con la autoridad suficiente para poder frustrarlos, ni la probidad más reconocida, ni el más alto rango, ni los mayores servicios públicos podrán protegerlo de los más infames abusos y diatribas, de insultos personales, ni a veces de peligros reales, derivados del insolente atropello de unos monopolistas

El empresario de una gran manufactura que, al abrirse repentinamente los mercados nacionales a la competencia de los extranjeros, se viese obligado a abandonar su oficio, sufriría sin duda considerables perjuicios. Aquella parte de su capital que normalmente se había empleado en adquirir materiales y en pagar a sus obreros podría, tal vez sin mucha dificultad, encontrar otro empleo. Pero aquella otra parte fija en locales de trabajo e instrumentos de negocio difícilmente podría liquidarse sin una pérdida considerable. La equitativa atención a sus intereses exige, por tanto, que los cambios de esta índole no se introduzcan nunca de golpe, sino de manera lenta, gradual y tras un muy largo aviso. El poder legislativo, de ser posible que sus deliberaciones estuvieran siempre guiadas, no por la clamorosa importunidad de intereses parciales, sino por una visión amplia del bien común, debería precisamente por esta razón mostrar especial cuidado en no establecer ningún nuevo monopolio de este género, ni en extender más aquellos que ya están establecidos. Cualquier regulación de esta naturaleza introduce cierto grado de verdadero desorden en la constitución del Estado, el cual será difícil de

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