guardan sus ingresos ordinarios en tiempo de paz. Se admitirá fácilmente que ni los ingresos ordinarios ni los extraordinarios que Gran Bretaña obtiene de sus colonias guardan esta proporción con el total de los ingresos del imperio británico. Se ha supuesto, en verdad, que el monopolio, al incrementar los ingresos privados del pueblo de Gran Bretaña y permitirle así pagar mayores impuestos, compensa el déficit de los ingresos públicos de las colonias. Pero este monopolio, como he procurado demostrar, aunque constituye un impuesto muy gravoso sobre las colonias, y aunque pueda aumentar las rentas de un orden particular de hombres en Gran Bretaña, disminuye en lugar de aumentar las de la gran masa del pueblo; y, por consiguiente, disminuye en lugar de aumentar la capacidad de la gran masa del pueblo para pagar impuestos. Además, los hombres cuyas rentas incrementa el monopolio constituyen un orden particular que resulta tanto absolutamente imposible de gravar más allá de la proporción de otros órdenes como sumamente imprudente siquiera intentar gravar por encima de dicha proporción, tal como procuraré demostrar en el libro siguiente. Por lo tanto, no se puede obtener ningún recurso especial de este orden en particular.
Las colonias pueden ser gravadas con impuestos ya sea por sus propias asambleas, o por el parlamento de la Gran Bretaña.
Que las asambleas de las colonias puedan llegar a ser manejadas de tal modo que recauden de sus comitentes una renta pública suficiente, no solo para mantener en todo momento su propio establecimiento civil y militar, sino para pagar su proporción adecuada de los gastos del gobierno general del imperio británico, no parece muy probable. Pasó mucho tiempo antes de que incluso el parlamento de Inglaterra, aunque situado inmediatamente bajo la mirada del soberano, pudiera ser conducido a semejante sistema de manejo, o pudiera hacerse lo suficientemente generoso en