Un capital prestado a interés puede, de este modo, considerarse como una cesión del prestamista al prestatario de una parte considerable del producto anual; con la condición de que el prestatario, a su vez, durante la vigencia del préstamo, ceda anualmente al prestamista una parte menor, llamada interés; y al final del mismo, una parte tan considerable como la que le había sido cedida originariamente, llamada reembolso.
Aunque el dinero, ya sea moneda o papel, sirve generalmente como título de cesión tanto para la parte menor como para la más considerable, es en sí mismo totalmente distinto de aquello que por medio de él se cede.
En la misma proporción en que esa parte del producto anual que, tan pronto como sale de la tierra o de las manos de los trabajadores productivos, se destina a reemplazar un capital, aumenta en cualquier país, el llamado interés dinerario aumenta naturalmente con ella.
El incremento de esos capitales particulares de los cuales los propietarios desean obtener una renta, sin tomarse la molestia de emplearlos por sí mismos, acompaña naturalmente al incremento general de los capitales; o, en otras palabras, a medida que el fondo aumenta, la cantidad de fondo que se ha de prestar con interés crece gradualmente cada vez más.
A medida que aumenta la cantidad de capital por prestar a interés, el interés, o el precio que debe pagarse por el uso de ese capital, disminuye necesariamente, no sólo por aquellas causas generales que hacen que el precio de mercado de las cosas disminuya comúnmente a medida que aumenta su cantidad, sino por otras causas que son peculiares a este caso particular. A medida que los capitales aumentan en cualquier país, los beneficios que pueden obtenerse empleándolos disminuyen necesariamente. Se vuelve gradual y progresivamente más difícil encontrar dentro del país un método rentable de emplear cualquier nuevo capital. Surge en consecuencia una competencia entre los diferentes capitales, en la cual el