Los dos Estados de cuentas siguientes se añaden con el fin de ilustrar y confirmar lo que se dice en el Quinto Capítulo del Cuarto Libro, acerca de la prima por tonelaje a la Pesca del Arenque Blanco. El Lector, según creo, puede confiar en la exactitud de ambos Estados.
Aunque la pérdida de derechos sobre los arenques exportados no pueda considerarse propiamente, tal vez, como prima; la que se aplica a los arenques destinados al consumo interno sin duda sí puede serlo.
Debe observarse que el celemín de sal extranjera pesa 84 lb., mientras que el de sal británica pesa solamente 56 lb.