tanto como cualquier otra. Este precio adicional de sus labores es el justo fundamento del beneficio ordinario de los comerciantes».
En el capítulo siguiente, sobre «Los contratos principales en la vida social», encontramos que el alquiler o arrendamiento de bienes estériles, como las casas, se justifica bajo el argumento de que el propietario podría haber empleado su dinero o su trabajo en bienes naturalmente fructíferos.
“Si de alguna manera en el comercio los hombres pueden obtener ganancias mucho mayores con la ayuda de una gran reserva de dinero de las que habrían podido obtener sin ella, no es más que justo que quien les suministra el dinero, el medio necesario para esta ganancia, reciba por su uso una parte del beneficio, igual al menos al beneficio que él habría podido obtener comprando cosas naturalmente fructíferas o que rinden una renta.
Esto muestra el justo fundamento del interés sobre el dinero prestado, aunque no sea naturalmente fructífero. Las casas no rinden frutos ni aumentos, ni algunas tierras arables lo harán sin gran trabajo. El trabajo empleado en administrar dinero en el comercio o en las manufacturas lo hará tan fructífero como cualquier otra cosa.
Si se prohibiera el interés, nadie prestaría excepto por caridad; y muchas manos industriosas que no son objeto de caridad quedarían excluidas de grandes ganancias de un modo muy ventajoso para el público”.
El interés razonable varía según el estado del comercio y la cantidad de moneda. En un país de reciente colonización se obtienen grandes beneficios con pequeñas sumas, y la tierra vale por menos años de