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nydus/The Wealth of NationsPublic
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V. De las liberalidades

  • primero, al abrir un mercado extranjero más amplio para el grano del agricultor, tiende, según imaginan, a incrementar la demanda y, por consiguiente, la producción de dicho producto; y * segundo, al asegurarle un precio mejor del que de otro modo podría esperar en el estado actual de la agricultura, tiende, según suponen, a fomentar la agricultura. > Este doble estímulo debe, según imaginan, en un largo período de años, ocasionar tal incremento en la producción de grano que puede abatir su precio en el mercado nacional mucho más de lo que la prima puede elevarlo, en el estado en que la agricultura pueda encontrarse, por azar, al final

Respondo que cualquier ampliación del mercado extranjero ocasionada por la prima debe ser, en cada año en particular, enteramente a expensas del mercado nacional; ya que cada fanega de grano que se exporte mediante la prima, y que no se habría exportado sin ella, habría permanecido en el mercado nacional para aumentar el consumo y reducir el precio de dicho producto. La prima del grano, debe observarse, así como cualquier otra prima a la exportación, impone dos impuestos diferentes al pueblo: * primero, el impuesto al que está obligado a contribuir para pagar la prima; y * segundo, el impuesto que surge del precio elevado del producto en el mercado nacional y que, como el conjunto de la población es comprador de grano, debe ser pagado, en este producto en particular, por el conjunto de la población. En este producto en particular, por lo tanto, este segundo impuesto es con mucho el más pesado de

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